Con relación al Dictamen con Proyecto de Decreto que reforma la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal del Derecho de Autor, que se discutirá este lunes 23 de marzo en la Comisión de Cultura y Cinematografía, desde IAB México nos permitimos expresar nuestra profunda preocupación sobre ciertos puntos que podrían impactar negativamente la competitividad y certidumbre jurídica de la industria digital mexicana.
Reconocemos y apoyamos el espíritu de la reforma en favor de los derechos de las personas trabajadoras y artistas. Sin embargo, tras un análisis técnico con nuestros socios y expertos legales, identificamos riesgos operativos críticos:
- Temporalidad de la Publicidad (Art. 74 LFDA): La reducción de la vigencia de uso de anuncios de 3 años a 6 meses genera una carga administrativa y económica que desincentiva la inversión en campañas digitales de largo plazo, afectando el retorno de inversión de las empresas.
- Incertidumbre en Inteligencia Artificial (IA) (Art. 305 Bis LFT): La falta de una definición técnica de IA puede criminalizar procesos estándar de optimización digital y postproducción que son esenciales para el funcionamiento de la publicidad moderna. Asimismo, la iniciativa en cuestión se aleja de los principios de máxima innovación que son esenciales para la industria.
- Rigidez en Geolocalización (Art. 75 LFDA): La obligación de precisar plataformas y geolocalización de forma estricta contraviene la naturaleza dinámica y transfronteriza del internet, dificultando el cumplimiento de los contratos.
- Incertidumbre en el alcance a la protección de sistemas de IA (Art. 102 LFDA): Exceptúa de la protección de programas de cómputo a aquellos programas y plataformas de IA que tengan por objeto causar efectos nocivos a otros programas o equipos o que violen los derechos de terceros tutelados por esta Ley.
Este artículo en particular pondría en riesgo la protección de la responsabilidad para los intermediarios en Internet, tal como se define en el artículo 19.17 del T-MEC, de llegarse a interpretar que ciertos programas fomentan el vulnerar derechos de terceros, y por ende hacer que estas sean potencialmente responsables por las acciones de terceros usuarios.
- Imposibilidad técnica para implementar consentimiento expreso previo para el uso de voz o imagen personal (Art. 87 LFDA): Obtener consentimiento expreso previo para cualquier uso de imagen o voz puede obstaculizar la innovación y la adopción de nuevas herramientas tecnológicas para la industria de la publicidad. Aunado a ello, no es técnicamente factible implementar un modelo de consentimiento expreso para cualquier uso de la voz/imagen y las consecuencias de extender para cubrir un “derecho a la imagen” que abarque la imagen de cada persona para todos los fines podría limitar el desarrollo orgánico de contenido. En dado caso, este debería estar limitado únicamente a los fines comerciales que la iniciativa pretende atender. Además, determinar si se ha obtenido el consentimiento para un retrato o imagen digital o si se aplica una excepción es difícil desde el punto de vista técnico y contextual.
Un modelo de consentimiento expreso requeriría un volumen de documentación previa a la autorización de cada publicación que haría inviables muchos servicios basados en internet, incluída la industria de la publicidad digital. En dado caso, es más recomendable establecer mecanismos expeditos de “opt-out” (denegar el uso de la imagen) que permitan de manera posterior retirar contenido no autorizado, similarmente a como sucede al día de hoy con el mecanismo de “Notificación y Retirada” (Notice & Takedown) establecido en la LFDA, acorde a las buenas prácticas internacionales de protección de derechos.
Por lo anterior, solicitamos respetuosamente que dicho dictamen sea retirado del orden del día para permitir un espacio de diálogo técnico con la industria digital mexicana.
Tal como lo hemos manifestado en ejercicios legislativos anteriores, estamos convencidos de que trabajando conjuntamente podemos lograr los objetivos de justicia social sin comprometer el crecimiento de la economía digital en México.